Coches con etiqueta C verde en Madrid, ¿por dónde puedes circular?, ¿y dónde puedes aparcar?

Enrique Espinós
Enrique Espinós
La Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid permite a los coches con la etiqueta C acceder, por ejemplo, a la ZBE de Madrid Distrito Centro… pero con algunas limitaciones que debes conocer para evitar multas.

Los coches con etiqueta C verde de la DGT son aquellos turismos y furgonetas ligeras de gasolina, matriculados a partir de enero de 2006; o si son diésel, matriculados a partir del 1 de enero de 2014. Asimismo, obtienen la etiqueta C aquellos vehículos de más de 8 plazas y pesados (ya sean gasolina o diésel) matriculados a partir de 2014 y las motos matriculadas a partir de 2007.

¿Tienes uno de estos vehículos? Porque, si es así, debes saber que, en principio, podrán acceder a las Zonas de Bajas Emisiones que, a lo largo de 2023, se implantarán en las ciudades españolas con más de 50.000 habitantes. Aunque existen casos especiales como el de Madrid con una zona en la que tienen limitaciones de acceso.

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Así que, ciñéndonos a Madrid y a su Ordenanza de Movilidad Sostenible, ¿qué tipo de restricciones limitan exactamente a estos vehículos que disponen de la etiqueta C verde?

Recuerda que en la capital también existen dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), una denominada ZBEDEP Distrito Centro y otra ZBEDEP Plaza Elíptica; y que si quieres saber qué coches no podrán entrar a Madrid en 2024 puedes acceder a esta noticia en la que te lo explicamos.

Los coches con etiqueta C verde, ¿pueden entrar a Madrid ZBE sin problemas?

Por supuesto: los vehículos que cuenten con esta etiqueta C verde pueden acceder al perímetro de la capital, ahora denominado Madrid ZBE, sin ningún tipo de restricción.

Qué coches pueden entrar a Madrid Distrito Centro etiqueta C etiqueta Cero

Los coches con etiqueta C verde, ¿pueden entrar a la ZBEDEP Madrid Distrito Centro?

Madrid Distrito Centro, el antiguo Madrid Central, es una ZBEDEP (Zona de Bajas Emisiones De Especial Protección), que cuenta con sus propias restricciones particulares para el acceso.

Y, como ocurre con los vehículos con la etiqueta B amarilla, aquellos con la etiqueta C verde, también tienen restricciones al acceder a esta zona, que enumeramos a continuación:

1.- Motos o ciclomotores. Pueden acceder sin restricciones de 7:00 a 22:00 horas. Fuera de este horario solamente podrá acceder con autorización de acceso, como la que ofrecen el estacionamiento en parking o la invitación de un residente,

2.- Turismos. No pueden acceder, excepto si…

  • Aparcan en un parking de uso público.
  • Estén empadronado en el Distrito Centro, y si el vehículo es de su propiedad, que esté domiciliado en la ciudad de Madrid.
  • Ser propiedad de una empresa o un autónomo que ejerza su actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro o sea invitado por uno de ellos.
  • El vehículo disponga de una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER.
  • El vehículo esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Su propietario disponga de una plaza de garaje particular o sea una persona cesionaria o arrendataria de una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro.
  • El vehículo esté accediendo a un taller de reparación de vehículos ubicado en el Distrito Centro.
  • Sea un VTC o taxi con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro.
  • Sea un vehículo necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, autorizado por el Ayuntamiento de Madrid.
  • El vehículo sea utilizado por los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio para el ejercicio de ese servicio.
  • Sea de trabajadores de establecimientos del interior de Distrito Centro con horario nocturno (entre las 00:00 y las 06:00 horas).
  • Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades exijan un vehículo.

3.- Ojo si accedes con un vehículo de empresa o profesionales que presta servicio o entrega o recoge suministros (se excluyen turismos, ciclomotores y motos):

  • Si la MMA es mayor de 3.500 kg y menor o igual a 18.000 kg: pueden acceder de 07:00 a 15:00 horas durante 2023, 2024 y 2025.
  • Si la MMA es menor o igual a 3.500 kg: pueden acceder de 07:00 a 15:00 horas durante 2023 y 2024.

Los coches con etiqueta C verde, ¿pueden entrar a la ZBEDEP de Plaza Elíptica?

Sí. Los vehículos con etiqueta C pueden entrar sin restricciones en la ZBE de Especial Protección de Plaza Elíptica.

Mapa Plaza Elíptica

¿Dónde pueden aparcar en Madrid los coches con etiqueta C de la DGT?

Estos vehículos con etiqueta C verde pueden estacionar en cualquier lugar de la vía pública, incluso en la zona SER. Además, debido a su escasez de emisiones contaminantes, obtienen una bonificiación del 10 % sobre el precio base.

Eso sí, a partir de que se active el escenario 2 del protocolo de alta contaminación (dos días consecutivos con nivel de preaviso o un día con nivel de aviso); no podrán estacionar en las plazas y horarios de la zona SER.

contaminacion madrid

Protocolo por alta contaminación: ¿cuándo pueden circular los coches con etiqueta C verde?

Ya hemos indicado la prohibición que tienen los vehículos con etiqueta C verde de estacionar en la zona SER a partir del escenario 2 del protocolo anticontaminación. Pero, a esta restricción también hay que añadir una segunda: si se activa el escenario 5 o de alerta del protocolo anticontaminación, los vehículos con etiqueta C verde tendrán prohibida la circulación en todo el término municipal de Madrid.

Cuál es la multa por entrar a una Zona de Bajas Emisiones

Circular por una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con algún vehículo que tiene prohibido su acceso conlleva una sanción de 200 euros, según se estableció con la reforma de la Ley de Tráfico del 21 de marzo de 2022.