Se prohibirá el acceso hasta para residentes

Qué coches sin pegatina pueden entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid

Cristina Muñoz
Cristina Muñoz
Madrid tiene ya una amplia zona con restricciones al tráfico a la que los coches sin pegatina de la DGT no pueden acceder, pero existen algunas excepciones.

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) prohíben el acceso a los vehículos más contaminantes y, entre ellos, los que más perjudican al medioambiente son aquellos que no tienen la pegatina de la Dirección General de Tráfico (DGT). Sin embargo, hay algunos casos en los que vehículos sin etiqueta sí que pueden circular por las calles que cuentan con esas restricciones de acceso y a la circulación.

En la ciudad de Madrid, desde el 1 de enero de 2023, ya no pueden circular los coches sin distintivo medioambiental tanto por el interior como por la propia la M-30. Aunque el Ayuntamiento de Madrid sí permite el acceso a este tipo de coches en algunos casos que te explicamos a continuación.

Si quieres un coche nuevo con descuento haz click aquí

Los coches sin pegatina que pueden entrar a Madrid

El Ayuntamiento de Madrid permite el acceso y circulación por las Zonas de Bajas Emisiones de la capital a los siguientes vehículos:

1.-  Vehículos sin el distintivo de la Dirección General de Tráfico (DGT) que no sean turismos: es decir, camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.

coches clásicos sin pegatina DGT

2.- Aquellos vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos, según el Reglamento de Vehículos Históricos.

3.- Vehículos sin la etiqueta medioambiental que, a fecha 1 de enero de 2022, estuvieran empadronados en Madrid, y siempre que paguen el impuesto de circulación en la capital. Estos vehículos, hasta el 31 de diciembre de 2024, deben cumplir de forma continuada ambos requisitos.

4.- Vehículos sin pegatina ecológica que estén adaptados o no, pero que sí se destinen a trasladar personas con movilidad reducida, o cuyo titular sea una persona con minusvalía. Estos vehículos tienen que estar registrados en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y también contar con la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, que debe estar visible en el interior del vehículo (encima del salpicadero para poder verse a través de la luna delantera).

5.- Vehículos de emergencias que no cuenten con la etiqueta de la DGT; por ejemplo, los camiones de bomberos o vehículos de extinción de incendios, y los de las Fuerzas Armadas.

Desde 2025 se prohíbe el acceso hasta para residentes

Casi todas las excepciones anteriormente mencionadas de vehículos sin etiqueta que sí pueden acceder y circular por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid se terminarán el 1 de enero de 2025. Y es que, desde esa fecha, únicamente se permitirá entrar y circular por las ZBE de la capital a estos vehículos:

1.- Los vehículos sin pegatina especialmente adaptados para el traslado de personas con movilidad reducida, o cuyo titular sea una persona con minusvalía. Como antes indicamos, tienen que estar registrados en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y también contar con la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

2.- Aquellos vehículos con la consideración de históricos reconocida.

3.- Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y también los de las Fuerzas Armadas.

La multa por acceder a las ZBE de Madrid

Infografía nueva Ley de Tráfico 2022

Circular por una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con algún vehículo que tiene prohibido su acceso conlleva una multa de 200 euros, tal y como establece la reforma de la Ley de Tráfico, que entró en vigor el 21 de marzo de 2022. Aunque recuerda que esta sanción admite descuento por pronto pago del 50 %, por lo que si la abonas antes de que pasen 20 días naturales desde que recibiste la notificación se te quedará en 100 euros.