Los coches con etiqueta B y C tienen restricciones al tráfico en Madrid Distrito Centro, y si acceden de una forma indebida reciben la correspondiente multa. Te explicamos en qué casos sucede, cómo evitarlo y a cuánto ascienden las sanciones.
Antes de conocer el tipo de restricciones a la movilidad a las que se enfrentan los coches con etiqueta B y C en la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) Madrid Distrito Centro, conviene saber a qué vehículos corresponden:
- La etiqueta B amarilla de la DGT es la que tienen los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2000, que deben cumplir con la norma Euro 3. También los coches con etiqueta B son los mismos vehículos diésel matriculados a partir de enero de 2006, que deben cumplir con la norma Euro 4 y 5. Así mismo, llevan esta pegatina los vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías, gasolina o diésel, matriculados a partir de 2005.
- La etiqueta C verde de la DGT corresponde a aquellos turismos y furgonetas ligeras de gasolina, matriculados a partir de enero de 2006; o si son diésel, matriculados desde el 1 de enero de 2014. Así mismo, obtienen la etiqueta C aquellos vehículos de más de 8 plazas y pesados (ya sean gasolina o diésel) matriculados a partir de 2014.
¿Puedo acceder a las ZBE de Madrid con etiqueta B y C?
Los coches con etiqueta B y C, en principio, sí pueden acceder a la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid, pero tienen algunas restricciones si la ZBE es de Especial Protección. Y es que, en Madrid, existen las siguientes Zonas de Bajas Emisiones:
- La ZBE que abarca toda la capital y a la que no pueden entrar ni circular por ella los coches sin etiqueta de la DGT; quitando algunas excepciones como vehículos de residentes, etc.
- La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro.
- Y la ZBEDEP Plaza Elíptica.
Estas dos ZBEDEP de Madrid, que explicamos a continuación, se establecieron porque en estos puntos los problemas de contaminación son más acusados.
¿Cuál es la multa por acceder a la ZBEDEP Madrid Distrito Centro?
La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro abarca los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol (el centro de la capital). Los coches con etiqueta B y C no pueden acceder a Distrito Centro para atravesar la zona; aunque sí pueden entrar siempre que estacionen en un aparcamiento de uso público o privado.
Además, también existen algunas excepciones por las que los vehículos con etiqueta B y C pueden entrar en la ZBEDEP Distrito Centro, aunque no metan el coche en un aparcamiento, que son las siguientes:
- El titular del vehículo está empadronado en Distrito Centro, y si el vehículo es de su propiedad, que esté domiciliado en la ciudad de Madrid.
- Si el vehículo es propiedad de una empresa o un autónomo que ejerza su actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro o sea invitado por uno de ellos.
- Que el vehículo disponga de una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER.
- El vehículo esté destinado al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Su propietario disponga de una plaza de garaje particular o sea una persona cesionaria o arrendataria de una plaza de aparcamiento municipal para residentes situada en el Distrito Centro.
- El vehículo esté accediendo a un taller de reparación de vehículos ubicado en el Distrito Centro.
- Sea un VTC o taxi con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro.
- Sea un vehículo necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, autorizado por el Ayuntamiento de Madrid.
- El vehículo sea utilizado por los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio para el ejercicio de ese servicio.
- Sea de trabajadores de establecimientos del interior de Distrito Centro con horario nocturno (entre las 00:00 y las 06:00 horas).
- Sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades exijan un vehículo.
Circular por una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con algún vehículo que tiene prohibido su acceso conlleva una sanción de 200 euros, según se estableció con la reforma de la Ley de Tráfico del 21 de marzo de 2022. Por lo tanto, acceder a la ZBEDEP Madrid Distrito Centro con un coche con etiqueta B o C, sin meterlo en un parking público o privado ni cumplir alguna de las excepciones, conlleva esa sanción.
¿Puedo acceder ZBEDEP de Plaza Elíptica con etiqueta B y C?
La ZBEDEP Plaza Elíptica entró en vigor el 22 de diciembre de 2021, y prohíbe el acceso a los vehículos sin etiqueta de la DGT. Es decir, aquellos vehículos con etiqueta B, C, ECO o CERO Emisiones sí pueden entrar a esta Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección.
El perímetro de la ZBEDEP Plaza Elíptica lo forman: Calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid, calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.