Preguntas y respuestas sobre el renting a particulares

El renting para particulares se ha popularizado mucho entre los conductores. Incluso las propias marcas ya diseñan sus propios programas de renting para particulares.


El renting para particulares es una forma de arrendamiento o alquiler de un coche por el que el usuario –el particular en este caso, aunque las variantes dirigidas a empresas y autónomos son aún más populares– firma un contrato con una duración determinada -habitualmente, entre tres y cuatro años- a cambio de una cuota mensual fija que se acuerda en el momento de la firma del contrato.

¿Qué documentación tengo que presentar para conseguir un renting para particulares?

Depende de cada empresa o entidad financiera con la que quieras contratar tu vehículo. Hasta ahora, lo habitual era que te solicitasen las dos o tres últimas nóminas, la última declaración de la renta y un recibo de un cargo bancario que certificase la validez de la cuenta en la que querías domiciliar los pagos.

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Sin embargo, para hacer aún más sencillo y atractivo este modo de acceso al coche, muchas empresas -por ejemplo, ALD Automotive a través de Amazon Motors o Fiat- están instaurando la contratación digital, a través de Internet, de sus productos y servicios. En estos casos, el cliente sólo necesita elegir qué coche desea, el periodo de duración del contrato, los servicios añadidos que quiere contratar, acceder a un sistema que valida su solvencia crediticia y firmar digitalmente su contrato. Después de apenas cinco minutos, sólo será necesario elegir dónde y cuándo se desea recoger el coche de renting.

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¿Dónde tendré que pasar las revisiones y el mantenimiento de mi coche de renting?

La respuesta depende de con quién decidas contratar tu vehículo de renting. Si es directamente con la marca del coche, lo más habitual es que sean sus servicios mecánicos oficiales los que se encarguen de llevar a cabo todas las operaciones de mantenimiento que sean necesarias.

Si, por el contrario, firmas tu coche con cualquiera de las empresas específicas que se dedican al renting, es posible que, mientras que el coche permanezca en garantía, te deriven al servicio oficial pero que, una vez acabado este periodo, debas acudir a cualquiera de los talleres multi-marca con los que hayan llegado a un acuerdo de colaboración -por ejemplo, para que sus clientes tengan preferencia a la hora de efectuar los trabajos sin sufrir listas de espera, o incluso recogiendo y entregando el vehículo donde elijas, ya sea en tu domicilio o en tu lugar de trabajo-.

¿Qué servicios suelen incluirse en un renting para particulares?

Depende del tipo de contrato que suscribas… y de tus necesidades concretas, ya que en el momento de la firma podrás solicitar incluir o no los más habituales, lo que incrementará o reducirá tu cuota mensual.

  1. Gestión y pago del Impuesto de Matriculación y del de Circulación. Cuando la empresa o la marca abone el de Circulación, te enviará una copia a modo de garantía de pago.

  2. Seguro a todo riesgo, ya sea con franquicia o sin ella.

  3. Mantenimiento periódico y reparación de las averías que puedas sufrir.

  4. Sustitución de neumáticos durante el periodo de uso de tu vehículo, habitualmente en función del desgaste de los mismos.

  5. Cesión de un coche de sustitución mientras el tuyo permanece inmovilizado en un taller.

  6. Asistencia 24 horas /365 días al año.

  7. Gestión y recurso, por vía administrativa si es necesario, de las multas que puedas recibir durante tu contrato.

¿Cómo puedo calcular si un coche de renting me resulta más rentable que uno comprado?

Para hacer un cálculo realista de si te compensa un coche de renting, tienes que tener en cuenta muchos factores: cuántos kilómetros vas a recorrer al año, ya que, habitualmente, si recorres más de los contratados, tendrás que pagar una penalización. Recuerda que la cuota mensual del renting ya incluye el coste del seguro, de los impuestos de Matriculación y Circulación, las revisiones y mantenimiento y, normalmente, el cambio de neumáticos, cantidades que también debes valorar. Para hacerte más sencillos los cálculos, hemos creado una tabla que puedes utilizar para tu caso concreto.

¿Qué pasa si hago más kilómetros de los que tenía previstos en mi contrato de renting?

Los contratos de renting recogen una penalización para el usuario por cada kilómetro recorrido que supere el límite pactado de inicio entre las dos partes. Por ejemplo, si tu contrato establece un sobrecoste de 0,0429 euros por cada kilómetro excedido de los 60.000 km, y has recorrido 63.500 km, deberás abonar una penalización de 150,15 euros. Por este motivo, es más que aconsejable que, antes de firmar tu contrato de renting, calcules cuántos km vas a recorrer realmente. Si en ese momento ya tienes claro que vas a superar holgadamente los que te ofrece tu contrato, solicita de nuevo una oferta que recoja ese límite real, y analiza qué te resulta más rentable, si pagar esa nueva tarifa o aceptar la posible penalización por exceso de kilómetros.

Renting a particulares

¿Y si hago menos kilómetros de los previstos?

Al igual que ocurre en el caso anterior, es habitual que la marca o la empresa con la que contratas tu renting establezca un abono a tu favor por cada km que no hayas recorrido dentro del límite acordado. Por ejemplo, si tu contrato establece que te devolverán 0,0286 euros por cada km que no recorras hasta alcanzar los 60.000 km pactados, si sólo has recorrido 57.500 km, te abonarán 71,5 euros, o te los descontarán de la primera cuota si firmas un nuevo contrato de renting.

¿En qué se diferencia el renting para particulares de la multiopción?

Aunque pueden parecer modalidades de acceso al vehículo similares, lo cierto es que la principal diferencia viene por quién es el dueño del coche durante su uso. En la multiopción, el automóvil será tuyo, exactamente igual que si lo comprases con una financiación convencional. En la multiopción no es habitual que se establezca un límite de kilómetros que puedes realizar durante todo el tiempo que tengas el coche.

En el caso del renting para particulares, el coche pertenecerá a la marca o a la empresa con la que suscribas tu contrato, y sólo podrás quedártelo al finalizar tu periodo de uso abonando el importe de su valor, siempre que tu contrato recoja esta posibilidad; si no, deberás devolverlo. Habitualmente no tendrás que pagar ningún tipo de entrada o aportación inicial, y cada cuota mensual será en pago por la utilización del coche y de los servicios asociados, pero no por su propiedad.

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