La respuesta es no. Esta norma se eliminó en enero de 2010 y mediante una orden del Ministerio de Interior, del Reglamento General de Vehículos… ya que, como dijimos anteriormente, en muchos de los coches modernos no es posible sustituir fácilmente las bombillas de sus faros. De hecho, ya en octubre de 2008, Pere Navarro, el director de la DGT, manifestó que iniciaría los trámites para derogar esta norma.
Ahora bien, la Guardia Civil sí que te puede multar -hasta con 200 — por circular con un faro fundido. Es una situación que aparece perfectamente reflejada en el artículo 98 del Reglamento General de Vehículos -normas generales sobre el uso del alumbrado- y por la que se sanciona a los vehículos «que circulen entre el ocaso y la salida del sol emitiendo luz por un solo proyector». ¿Qué hacer entonces si se te funde una bombilla? Pues depende de cual sea: si se te ha fundido, por ejemplo, la de un piloto trasero, puedes ‘jugártela’… pero si se te funde la de cruce en un faro delantero, por seguridad, lo más sensato es que llames al servicio de asistencia de tu aseguradora -o, si lo tienes contratado, a tu club de asistencia en carretera: RACE, RACC, CEA…- para que uno de sus talleres móviles intente cambiártela o, si no pueden, que una grúa traslade tu coche hasta un taller -ambos servicios te saldrán gratis-.