Seguimos con esta serie de pequeñas dudas y curiosidades sobre conducción que seguramente te has planteado alguna vez o has escuchado comentar. Situaciones muy cotidianas del día a día al volante que, sin embargo, no siempre están del todo claras y que siguen generando debate entre conductores.
En este caso, nos centramos en tres acciones bastante habituales: aparcar ocupando dos plazas, conducir con el brazo fuera de la ventanilla y conducir con el codo fuera. Tres comportamientos que se ven con frecuencia en la calle, pero que no siempre se interpretan igual desde el punto de vista de la normativa de tráfico.
La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que no todo lo que no está prohibido de forma explícita es automáticamente correcto, y que en muchos casos la clave está en si se compromete o no la seguridad al volante.
Aparcar ocupando dos plazas
Dejar el coche ocupando dos plazas de aparcamiento no es solo una cuestión de educación vial. Aunque no existe una norma que lo prohíba de forma específica, sí puede llegar a ser sancionable en determinados casos.
Si este comportamiento genera una obstrucción o dificulta el uso normal del estacionamiento, puede considerarse una infracción. En la práctica, todo depende del contexto y de la valoración de los agentes, que pueden actuar si entienden que se está afectando a la circulación o al uso correcto del espacio público.
Conducir con el brazo o el codo fuera
Otra imagen muy habitual es la de conducir con el brazo apoyado o el codo fuera de la ventanilla. Aquí tampoco existe una prohibición directa en el reglamento, pero sí hay matices importantes.
Según la DGT, este tipo de conducta puede ser sancionable si se considera que reduce el control del vehículo o afecta a la atención del conductor. No se trata de multar el gesto en sí, sino de valorar si puede comprometer la seguridad en la conducción.
En determinados casos, los agentes pueden interpretarlo como una conducción negligente si la posición del conductor supone un riesgo.
Un límite que depende del contexto
Estas situaciones generan dudas porque no siempre existe una respuesta cerrada de “permitido o prohibido”. La normativa deja margen de interpretación en función de la seguridad vial y del contexto concreto.
La clave, según la DGT, es sencilla: si una acción al volante puede afectar al control del vehículo o poner en riesgo la circulación, puede dejar de ser una costumbre para convertirse en una infracción.
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